Crece la venta de carteras de deuda bancaria en medio del récord de morosidad de los hogares

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El salto histórico en la morosidad crediticia de las familias argentinas impulsó el negocio de la cesión y compraventa de carteras de deuda entre los bancos y firmas de recupero de crédito.

Ante incumplimientos prolongados en préstamos personales y saldos de tarjetas, las entidades financieras eligen vender estos créditos impagos a terceros por una fracción de su valor nominal para limpiar sus balances.

El mecanismo toma relevancia tras alcanzar en mayo un pico de 12,8% de irregularidad en créditos a familias (el nivel más alto en dos décadas), con la mora en préstamos personales escalando al 15,9% y en tarjetas de crédito al 13,1%.

Funcionamiento del negocio: del banco al comprador de deuda

Cuando la gestión de cobranza interna deja de ser rentable para la entidad bancaria, esta puede optar por dos alternativas:

Tercerización de cobranza: El banco conserva la titularidad de la deuda pero contrata agencias o estudios jurídicos para gestionar el cobro a cambio de un porcentaje.

Venta/Cesión de cartera: El banco transfiere la titularidad de un paquete de créditos impagos a un precio sensiblemente inferior a su valor nominal. El comprador adquiere el derecho legal de reclamar la totalidad de la deuda.

Determinación del precio: El valor de venta depende del deterioro de la cartera, la antigüedad del atraso, la posibilidad de ubicar al deudor y los costos judiciales proyectados.

Impacto para el deudor y flexibilización regulatoria

Sin quita automática para el usuario: Que el banco venda la deuda a un precio menor no obliga al nuevo acreedor a trasladarle ese descuento al usuario, aunque suelen renegociarse quitas extrajudiciales.

Derechos y límites legales: Para que la cesión sea válida respecto al deudor, este debe ser notificado. La Ley de Defensa del Consumidor prohíbe explícitamente conductas intimidatorias, vejatorias o simular actuaciones judiciales cuando el reclamo es meramente extrajudicial (un embargo solo lo dictamina un juez).

Cambio normativo: A través de la Comunicación «A» 8324 emitida en septiembre de 2025, el Banco Central flexibilizó el esquema al eliminar la autorización previa de la Superintendencia para la cesión de carteras entre entidades financieras y terceros no vinculados.

Fuente: Página/12

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