Un fallo federal declaró inconstitucional la resolución que eliminó la obligación de comunicar las subas de naftas y gasoil antes de su aplicación. La medida busca reforzar la transparencia y el acceso a la información para los consumidores.
La Justicia Federal ordenó que las empresas petroleras vuelvan a informar previamente al Ministerio de Economía los aumentos en los precios de los combustibles, al declarar inconstitucional la resolución que había eliminado esa obligación durante 2025.
La decisión fue adoptada por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 2 de La Plata, a cargo de manera interina del juez Alejo Ramos Padilla, en el marco de un amparo colectivo presentado por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis).
El fallo deja sin efecto la resolución de Economía
La sentencia declaró la nulidad de la Resolución 717/2025 del Ministerio de Economía, que había derogado el Sistema en Línea de Información de Precios de Combustibles en Surtidor, creado en 2016 por el entonces Ministerio de Energía y Minería.
Ese sistema obligaba a las petroleras a informar cada modificación en los precios de venta al público antes de su aplicación, permitiendo al Estado y a los consumidores acceder a información actualizada sobre los valores de los combustibles en todo el país.
Además, contemplaba un mecanismo para que los usuarios pudieran denunciar diferencias entre los precios informados y los efectivamente cobrados en las estaciones de servicio.
El argumento del amparo
Desde el Cepis sostuvieron que la eliminación del sistema representó un retroceso en la protección de los consumidores, ya que redujo la transparencia del mercado y limitó el acceso a información clave para comparar precios y ejercer controles ciudadanos.
Según la organización, el nuevo esquema de publicación mensual de datos no ofrece el mismo nivel de información inmediata que garantizaba el régimen anterior.
Por su parte, el Estado nacional defendió la resolución al afirmar que la información continúa disponible a través de otros canales oficiales y plataformas digitales, y que la derogación no vulnera el derecho de acceso a la información pública.
La Justicia priorizó el interés colectivo
Al analizar la presentación, el juzgado consideró que el planteo involucra derechos de incidencia colectiva, ya que la modificación del sistema de información puede afectar a todos los consumidores de combustibles del país.
En ese marco, resolvió hacer lugar al planteo y restablecer la obligación de informar previamente las actualizaciones de precios.
También avanza un proyecto en la provincia de Buenos Aires
Mientras tanto, en la Legislatura bonaerense continúa el tratamiento de un proyecto presentado por la diputada Ayelén Rasquetti, del Frente Renovador, que propone que las empresas informen con al menos 72 horas de anticipación cualquier aumento en los precios de las naftas y el gasoil.
La iniciativa apunta a brindar mayor previsibilidad a los consumidores y reforzar los mecanismos de transparencia en la comercialización de combustibles.


