La normativa busca prevenir accidentes vinculados con arcos deportivos, aros de básquet, postes de vóley y juegos recreativos. Los municipios tendrán un papel central en los controles, las inspecciones periódicas y la certificación de las instalaciones.
El Gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó la Ley 15.618, que establece medidas obligatorias de seguridad para la instalación, sujeción y mantenimiento de equipamiento deportivo y recreativo en espacios públicos y privados.
La disposición fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial y tiene como principal objetivo prevenir accidentes y proteger la integridad física de niños, niñas y adolescentes que utilizan habitualmente estos espacios.
La normativa alcanza a establecimientos públicos y privados, cualquiera sea su forma jurídica, y contempla instalaciones como arcos de fútbol, hockey y handball, aros de básquet, postes de redes de vóley y juegos de plaza.
Qué medidas de seguridad deberán implementarse
Entre las principales disposiciones se establece que los arcos deportivos que pesen más de 20 kilos deberán contar con sistemas permanentes o removibles de sujeción, anclaje o contrapeso, para evitar vuelcos y posibles accidentes.
La misma exigencia alcanza a los aros de básquet con pie, que deberán disponer de un sistema de contrapeso adecuado.
En los casos en que se utilicen elementos con sistemas de sujeción removibles, las instituciones tendrán que contar con espacios apropiados para guardarlos cuando no estén en uso. En el caso de los arcos, también podrán asegurarlos en posición horizontal.
Otro de los puntos contempla la colocación de protectores acolchonados en pisos, columnas, paredes y postes, con el objetivo de amortiguar posibles golpes en espacios deportivos y recreativos.
El papel de los municipios en los controles
La reglamentación establece que los municipios bonaerenses conservarán el carácter de autoridad de aplicación y tendrán a su cargo la verificación periódica de las condiciones de seguridad de las instalaciones alcanzadas por la ley.
Entre sus responsabilidades se encuentra establecer mecanismos de habilitación, certificación o constancia de cumplimiento, que deberán contar con la intervención de profesionales matriculados.
Además, deberán impulsar campañas de concientización y prevención sobre los riesgos asociados a la falta de medidas de seguridad.
También se prevé la coordinación de acciones con organismos educativos, asociaciones deportivas y entidades intermedias para garantizar una aplicación uniforme de la normativa en los distintos distritos de la provincia.
Qué organismos provinciales deberán intervenir
El decreto también asigna responsabilidades a diferentes áreas del Gobierno bonaerense.
La Dirección General de Cultura y Educación, a través de los Consejos Escolares, deberá instrumentar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de la ley en los establecimientos bajo su órbita.
La misma obligación alcanzará a los ministerios y organismos provinciales que tengan a su cargo espacios públicos o establecimientos comprendidos en la reglamentación.
Por último, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, mediante la Subsecretaría de Deportes, deberá brindar asistencia técnica a los municipios para elaborar medidas complementarias o aclaratorias que faciliten la implementación de la normativa.
Con esta reglamentación, la Provincia busca establecer criterios comunes de seguridad para clubes, escuelas, plazas y otros espacios recreativos, poniendo el foco en la prevención de accidentes y el cuidado de quienes utilizan estas instalaciones.
Fuente: Agencia DIB


