El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires oficializó la promulgación de la Ley N° 15.615, normativa que crea el Registro Provincial de Datos Genéticos de Cadáveres o Restos Cadavéricos No Identificados. La herramienta busca acelerar la identificación de personas fallecidas sin filiación y aportar información clave en las causas de búsqueda de personas desaparecidas o extraviadas en territorio bonaerense.
La medida se confirmó este martes tras su publicación en el Boletín Oficial y establece que la base de datos funcionará en el ámbito del Banco de Datos Genéticos de la Suprema Corte de Justicia.
Legajo único y 48 horas de plazo judicial
Para sistematizar las evidencias y evitar la pérdida de rastros antes de una inhumación como persona «NN», la ley dispone la confección de un expediente digital y forense unificado por cada cuerpo hallado:
Contenido del legajo: Deberá incluir el perfil de ADN, huellas dactilares, fichas odontológicas, marcas o tatuajes, características físicas, causa de muerte, fotografías y el inventario de pertenencias.
Obligación judicial: Los jueces o fiscalías intervinientes deberán informar cada hallazgo al registro en un plazo máximo de 48 horas.
Resguardo confidencial: Los datos permanecerán archivados de forma reservada en la Suprema Corte y serán eliminados del sistema una vez que el cadáver sea identificado y entregado a sus familiares.
La norma modifica además la Ley provincial N° 13.869, ampliando las facultades del Banco de Datos Genéticos que hasta el momento se centraba primordialmente en muestras vinculadas a investigaciones penales.
Fuente: Agencia DIB


