La medida rige para todos los remedios comercializados en el país. El código deberá estar en la caja (envase secundario) y permitirá acceder a información actualizada, aunque no reemplazará al prospecto de papel. Queda prohibido su uso para publicidad.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dio un paso clave hacia la modernización del sistema sanitario argentino. A través de la Disposición 2891, publicada este viernes 15 de mayo de 2026 en el Boletín Oficial, se estableció que todos los medicamentos sin excepción deberán incluir un código QR (bidimensional) en su empaque.
La norma busca que tanto pacientes como médicos tengan acceso inmediato a la versión más reciente del prospecto, evitando confusiones por materiales impresos que hayan quedado desactualizados tras nuevos estudios o cambios en las regulaciones.
Claves de la nueva normativa
- Alcance total: La obligatoriedad alcanza a todos los medicamentos, ya sean de venta libre o bajo receta, nacionales o importados.
- Ubicación: El código debe estar impreso o pegado (con tecnología antifraude) en el envase secundario (la caja). Si el laboratorio lo desea, también puede sumarlo al envase primario (blíster o frasco).
- Contenido exclusivo: El QR solo podrá dirigir a información sanitaria y prospectos aprobados. La Anmat prohibió taxativamente que se utilice para promociones, publicidades o marketing.
- Convivencia de formatos: A pesar del avance digital, el prospecto de papel seguirá siendo obligatorio dentro de la caja. Esto garantiza que personas sin acceso a tecnología móvil o conectividad puedan leer la información.
Seguridad y Trazabilidad
Los códigos deberán seguir estándares internacionales (GS1), lo que asegura que cada caja sea única y rastreable. Esto no solo facilita la lectura, sino que fortalece la lucha contra la falsificación de medicamentos.
Los laboratorios y titulares de los registros tienen la responsabilidad de:
- Garantizar que el código funcione correctamente.
- Mantener la información actualizada en tiempo real en sus repositorios digitales.
- Asegurar la veracidad de los datos que el paciente lee al escanear.
Plazos de implementación
El organismo oficial fijó un cronograma progresivo para no afectar el suministro:
- 6 meses: Plazo para generar todos los códigos digitales.
- Transición ordenada: La impresión física en las cajas se hará a medida que se agote el stock actual de envases viejos, evitando el desperdicio de material ya fabricado.
Con esta disposición, se deroga la normativa de 2025 que solo obligaba a los medicamentos sintéticos, extendiendo ahora el beneficio de la información digital a todo el universo farmacéutico.


