
El Gobierno nacional envió este jueves al Senado el proyecto de Reforma Laboral, firmado por el presidente Javier Milei, que busca modificar aspectos centrales del régimen laboral argentino. A continuación, los puntos más destacados:
Vacaciones: Se propone mayor flexibilidad en la asignación de los períodos de descanso, que podrán fraccionarse en tramos no menores a siete días. Cada trabajador podrá disfrutar de vacaciones en verano al menos una vez cada tres años. En caso de enfermedad, los días pendientes deberán reprogramarse.
Despidos: La indemnización por despido sin causa se calculará como un mes de sueldo por año trabajado, con topes según el convenio aplicable. Se permite a los empleadores constituir fondos de cese laboral para solventar estas indemnizaciones, que serán la única compensación posible.
Remuneraciones: Se amplía la definición de conceptos remunerativos y no remunerativos. Beneficios sociales como comedor, guardería o cursos se consolidan como no remunerativos. Se habilita la creación de componentes salariales variables sin generar derechos adquiridos y se exige el pago de salarios mediante medios electrónicos.
Ultraactividad y formalización laboral: Los nuevos componentes salariales variables no generan ultraactividad. Se introduce un registro centralizado ante ARCA como validación única y se fortalece la presunción a favor del trabajador ante omisiones de registración.
Convenios colectivos: Solo rigen para las partes y su ámbito directo. Se permite definir topes de personal part-time, calcular jornadas por promedios, negociar componentes variables y reemplazar indemnizaciones por fondos de cese sectoriales.
Procedimientos judiciales: Se redefine la actualización de créditos laborales, vinculándolos al IPC + 3% anual y limitando intereses sobre intereses. Se regula el pago en cuentas sueldo, límites a honorarios de abogados y la obligación de remitir antecedentes de empleo no registrado a ARCA.
Prácticas sindicales: Los trabajadores eventuales no podrán ocupar cargos de tutela sindical. Las deducciones automáticas a sindicatos requerirán consentimiento expreso del trabajador salvo cuando estén previstas por ley, estatuto o convenio. Los acuerdos conciliatorios deberán contar con intervención judicial o administrativa.
El proyecto será debatido en el Senado durante las sesiones extraordinarias de diciembre, con el objetivo de obtener media sanción antes de fin de año y avanzar en la implementación de los cambios en 2026.


