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jueves 19 febrero 2026

REPROCANN: el programa sigue vigente, pero el escenario cambió para pacientes y autocultivadores

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El Decreto 27/2026 no derogó el registro de cannabis medicinal, pero modificó el encuadre institucional y abrió interrogantes sobre controles, acceso y futuro del autocultivo en la Argentina.

(con información de Revista Cannis)

El Decreto 27/2026 no eliminó el Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN). El cannabis medicinal continúa siendo legal y los permisos vigentes no fueron anulados en bloque. Sin embargo, la nueva normativa introdujo un cambio de enfoque que impacta directamente en pacientes, médicos y autocultivadores.

La modificación no se expresa en una prohibición explícita, sino en un corrimiento político e institucional. El programa deja de leerse exclusivamente como política sanitaria y comienza a inscribirse dentro del campo más amplio de la “política de drogas”. Ese desplazamiento altera el marco conceptual desde el cual el Estado administra el acceso.


🌿 De la salud al control: qué significa el cambio de encuadre

El REPROCANN fue creado en el marco de la Ley 27.350, que reguló la investigación médica y científica del uso medicinal del cannabis y sus derivados. En la práctica, el registro permitió que pacientes con prescripción médica pudieran cultivar cannabis para uso terapéutico propio o designar a un tercero para hacerlo, además de acceder a aceites y preparados.

Hasta ahora, el eje del programa se apoyaba en la lógica sanitaria: diagnóstico, indicación médica, tratamiento y autorización administrativa. Con el nuevo decreto, el cannabis medicinal pasa a integrarse en un esquema más vinculado al control y fiscalización de sustancias.

El cambio no es meramente semántico. Cuando una política pública se interpreta desde el paradigma de la salud, la presunción es el derecho al tratamiento. Cuando se la ubica dentro del paradigma de drogas, la presunción tiende a desplazarse hacia el riesgo y la vigilancia.


📋 Más controles y trámites: el impacto en el usuario

Para el autocultivador o el paciente que utiliza aceites por prescripción médica, el escenario podría traducirse en mayores exigencias administrativas.

Entre las situaciones que ya comienzan a observarse se mencionan:

  • Incremento en los tiempos de aprobación o renovación de permisos.
  • Mayores requerimientos documentales para médicos y pacientes.
  • Revisión más estricta de superficies y cantidades autorizadas para cultivo.
  • Fiscalización más frecuente de los domicilios registrados.

El derecho formal continúa vigente. Sin embargo, el acceso puede volverse más lento y menos previsible.

Para familias que utilizan aceites de cannabis en tratamientos para epilepsia refractaria, dolor crónico, trastornos del espectro autista o patologías oncológicas, la incertidumbre administrativa no es un detalle técnico. Se traduce en ansiedad sobre la continuidad del tratamiento y en dificultades para planificar la producción o adquisición del producto.


💊 Autocultivo versus mercado formal

Uno de los puntos sensibles del debate es el lugar del autocultivo.

El REPROCANN habilitó una modalidad comunitaria y descentralizada de acceso al cannabis medicinal. Pacientes y cultivadores solidarios organizaron redes de producción artesanal bajo supervisión médica.

Un esquema más restrictivo o centralizado puede favorecer indirectamente al mercado formal, compuesto por laboratorios autorizados y empresas con capacidad de producción a gran escala. El desplazamiento no implica necesariamente una prohibición del autocultivo, pero sí puede generar un entorno menos propicio para su sostenimiento.

La discusión no es binaria entre informalidad y regulación. Se trata de cómo equilibrar control sanitario, calidad del producto y derecho al acceso sin concentrar el sistema en pocos actores.


⚖️ Un error conceptual en debate

Especialistas en salud pública advierten que equiparar cannabis terapéutico con política de adicciones constituye un error de arquitectura institucional. El uso medicinal no se inscribe en la lógica de abstinencia ni en el abordaje de consumos problemáticos.

El ejemplo más citado es el de la morfina oncológica: aunque se trate de un opioide, su administración médica no se gestiona como un problema de narcotráfico, sino como parte de un tratamiento.

El riesgo, señalan, radica en aplicar herramientas de control propias de la seguridad a un dispositivo pensado originalmente como ampliación de derechos sanitarios.


👥 La situación del paciente en primer plano

En ciudades del interior, donde el acceso a productos farmacéuticos importados puede resultar costoso o limitado, el autocultivo registrado se convirtió en una alternativa concreta y económica.

Muchos usuarios dependen de la producción propia para sostener tratamientos continuos. La eventual demora en renovaciones o cambios en criterios de evaluación impacta directamente en la estabilidad terapéutica.

El debate, por lo tanto, no es abstracto. Involucra a familias que encontraron en el cannabis una mejora comprobable en calidad de vida y que requieren previsibilidad normativa.


🔎 El futuro del programa

El Decreto 27/2026 no elimina el REPROCANN. Pero modifica el terreno sobre el cual se desarrolla. La continuidad del programa dependerá de cómo se implementen los nuevos lineamientos y de la capacidad de pacientes, profesionales de la salud y organizaciones civiles para sostener el enfoque sanitario.

En política pública, los cambios de marco conceptual suelen producir efectos más profundos que las derogaciones formales. El desafío consiste en garantizar controles razonables sin desnaturalizar el espíritu original del programa: facilitar el acceso a tratamientos bajo supervisión médica.

El registro sigue vigente. La discusión ahora gira en torno a las condiciones reales bajo las cuales podrá seguir funcionando. (InfoNoticias)

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