El Gobierno volvió a postergar la implementación de los Fondos de Asistencia Laboral: cuáles son los motivos

Más leídos

La puesta en marcha del sistema se demoró hasta diciembre por la necesidad de realizar nuevas pruebas y ajustes en los sistemas informáticos. Además, el Ejecutivo extendió de seis meses a un año el período mínimo de aportes que las empresas deberán cumplir antes de utilizar los recursos para afrontar indemnizaciones.

El Gobierno nacional volvió a postergar la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), el mecanismo previsto para ayudar a las empresas a financiar indemnizaciones y otros pagos derivados de la finalización de una relación laboral. La decisión se oficializó este martes mediante el decreto 1228/2026, publicado en el Boletín Oficial.

La implementación del sistema, que inicialmente estaba prevista para el 1° de junio y luego había sido reprogramada para el 1° de noviembre, se aplazó nuevamente por 30 días. De esta manera, su puesta en marcha quedó prevista para diciembre de 2026.

Según los fundamentos de la medida, la prórroga responde a la necesidad de completar ajustes técnicos, revisar los procedimientos administrativos y realizar nuevas pruebas en los sistemas informáticos que se utilizarán para administrar los fondos.

Por qué se demora la aplicación de los FAL

Desde el Ejecutivo señalaron que la implementación del mecanismo requiere mayores especificaciones técnicas y una serie de verificaciones antes de su puesta en funcionamiento.

El objetivo de las pruebas es detectar y corregir posibles errores en los sistemas que deberán registrar las contribuciones de los empleadores y gestionar los recursos destinados a cubrir las obligaciones indemnizatorias.

La nueva postergación busca, de acuerdo con los fundamentos oficiales, completar esos trabajos antes de que comience a operar el régimen. El sistema había sido creado en el marco de la Ley de Modernización Laboral impulsada por la administración de Javier Milei.

Qué son los Fondos de Asistencia Laboral

Los FAL son un mecanismo de capitalización destinado a que las empresas acumulen recursos para afrontar determinados costos vinculados con la finalización de relaciones laborales.

El esquema contempla contribuciones mensuales obligatorias del 1% para las grandes empresas y del 2,5% para las pequeñas y medianas empresas (pymes). Esos aportes se compensan con una reducción de las contribuciones patronales destinadas a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

De esta manera, parte de los recursos que antes se destinaban al sistema previsional se deriva al fondo de asistencia laboral, con el propósito de generar una reserva que permita afrontar las obligaciones contempladas por la normativa.

El mecanismo está previsto para cubrir distintos conceptos asociados con el cese de una relación laboral, entre ellos indemnizaciones por despido sin causa y otras contingencias contempladas en el régimen.

Las empresas deberán aportar durante un año antes de utilizar los fondos

Otro de los cambios establecidos por el decreto es la ampliación del período mínimo de contribuciones necesario para que las empresas puedan acceder a los recursos acumulados.

Hasta ahora, el plazo previsto era de seis meses. Con la nueva disposición, las compañías deberán registrar 12 aportes mensuales consecutivos antes de poder utilizar el dinero del fondo.

El cómputo comenzará cuando la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre el primer ingreso efectivo de la contribución patronal.

La modificación apunta, según los fundamentos de la medida, a que los fondos cuenten con una acumulación inicial de recursos suficiente para responder a las obligaciones que deban cubrir.

Cuándo comenzará a funcionar el nuevo sistema

Con la segunda postergación, la entrada en vigencia de los Fondos de Asistencia Laboral quedó prevista para diciembre de 2026, luego de que el Gobierno extendiera nuevamente el plazo para completar los ajustes técnicos.

La puesta en marcha del mecanismo será seguida de cerca por empresas, cámaras empresariales y organizaciones sindicales, debido a sus posibles efectos sobre la financiación de las indemnizaciones y la distribución de los recursos destinados al sistema previsional.

El alcance concreto de esos efectos dependerá de la aplicación de la normativa, de los procedimientos que se establezcan para administrar los fondos y de las condiciones bajo las cuales las empresas puedan utilizar los recursos acumulados.

Fuente: Mundo Gremial.

- Advertisement -spot_img

Más noticias

- Advertisement -spot_img

Últimos artículos