Ganancias simplificado: promulgaron una ley que reduce multas tributarias y modifica el régimen

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La Ley 27.826 establece rebajas en determinadas sanciones por incumplimientos formales y modifica las condiciones de acceso al régimen simplificado de Ganancias. Los cambios vinculados a este último tienen efectos desde el período fiscal 2025, con excepciones previstas en la norma.

El Gobierno nacional promulgó la Ley 27.826, que introduce modificaciones en el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias y establece reducciones para determinadas multas tributarias. La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial, junto con el decreto 1160/2026, y entró en vigencia a partir de su publicación.

Entre los principales puntos se encuentran beneficios para micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes), personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que cumplan con las condiciones establecidas.

Rebajas de multas por incumplimientos formales

La ley contempla una reducción automática del 25% en determinadas multas previstas por la Ley de Procedimiento Tributario. El beneficio alcanza a mipymes y otros contribuyentes, siempre que no estén categorizados como Grandes Contribuyentes Nacionales.

Además, establece una rebaja especial del 50% para ciertas infracciones formales cometidas antes de la entrada en vigencia de la norma, vinculadas con obligaciones vencidas desde la vigencia de la Ley 27.799.

Esta reducción comprende multas que todavía no estén firmes o que, aun estando firmes, permanezcan impagas. Para acceder, será necesario cumplir con la obligación omitida antes de solicitar el beneficio o en ese mismo momento.

También se deberán aceptar las condiciones previstas: reconocer sin reservas la parte de la sanción que subsista, renunciar a las acciones y derechos relacionados con la multa y asumir las costas cuando corresponda. La ley aclara que no se devolverán los importes que ya hayan sido pagados.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) contará con 30 días desde la publicación para establecer las disposiciones operativas necesarias para aplicar este beneficio.

Qué cambia en Ganancias simplificado

La norma introduce condiciones específicas para quienes utilicen el régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias.

Como regla general, las personas humanas y las sucesiones indivisas deberán haber sido residentes fiscales en Argentina durante todo el período fiscal declarado. Sin embargo, ese requisito de residencia durante el año completo no se aplicará a quienes adhieran por el período fiscal 2025.

Por otra parte, los Grandes Contribuyentes Nacionales y determinados funcionarios alcanzados por la ley podrán utilizar esta modalidad para presentar la declaración jurada y pagar el impuesto, pero quedarán excluidos de las demás presunciones y beneficios contemplados en el régimen.

La restricción incluye a determinadas personas que ocupen cargos jerárquicos, legislativos o judiciales al momento de adherir o que los hayan ejercido durante los cinco años anteriores.

ARCA deberá probar las discrepancias significativas

Otro de los puntos establece que la carga de demostrar una discrepancia significativa recaerá exclusivamente sobre ARCA. Para hacerlo, el organismo podrá utilizar la información declarada por el contribuyente, sus propios registros o datos aportados por terceros.

La ley también dispone que la diferencia entre una declaración jurada original y una rectificativa no se computará para determinar esa discrepancia cuando la rectificación se presente dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación de una liquidación administrativa o determinación de oficio, siempre que se cancelen o regularicen el impuesto y los intereses correspondientes.

Operaciones y medios de pago

La normativa establece que las operaciones deberán realizarse mediante medios autorizados por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV), con intervención del sistema financiero formal en el origen o destino de los fondos.

Asimismo, contempla como cumplido ese requisito el pago en efectivo efectuado al otorgar escrituras sobre derechos reales inmobiliarios. La norma mantiene, además, las obligaciones vigentes en materia de prevención del lavado de activos.

Los cambios del capítulo referido a Ganancias simplificado tienen efectos desde el período fiscal 2025, con las excepciones expresamente previstas en la ley.

Fuente: Agencia Noticias Argentinas

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