La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) anuló un fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que había incrementado de oficio la indemnización otorgada a un trabajador por un accidente laboral.
Con los votos de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal determinó que la Cámara excedió los límites de su competencia al empeorar la situación de la única parte que había presentado la apelación (la Aseguradora de Riesgos del Trabajo).
El accidente original: Sergio Pagani, un técnico electricista, sufrió una caída desde una escalera que le provocó una rotura de meniscos.
Evaluación de la ART vs. Primera Instancia: La comisión médica le otorgó inicialmente un 5% de incapacidad. Tras un reclamo judicial, el juez de primera instancia elevó la incapacidad al 16% y fijó una indemnización de $240.585 más intereses a pagar por Provincia ART.
El fallo de la Cámara: La aseguradora apeló la sentencia, pero el trabajador no lo hizo. Al revisar el caso, los camaristas desestimaron la queja de la ART y, de oficio, readecuaron el monto a $1.619.177,84, argumentando que la cifra original no alcanzaba el piso mínimo fijado por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) para una incapacidad del 16%.
La fundamentación de la Corte y el debate jurídico
Límite a la competencia procesal: La Corte Suprema sostuvo que la Cámara incurrió en arbitrariedad al violar el principio que impide empeorar la posición del único apelante (reformatio in peius), circunscribiendo el análisis solo a los agravios presentados.
La postura de los abogados laboralistas: Dirigentes como Matías Cremonte (Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas) y Verónica Quinteros (CTA Autónoma) cuestionaron el fallo. Argumentaron que los jueces tienen la obligación de aplicar la norma correspondiente mediante el principio iura novit curia («el juez conoce el derecho») y respetar el principio de alterum non laedere (no dañar a otro), garantizando una reparación justa.
Impacto en la reforma laboral: El fallo cobra relevancia en el marco de las reformas promovidas por la administración del presidente Javier Milei, que otorgan carácter vinculante a los pronunciamientos de la Corte Suprema dentro del fuero laboral.
Fuente Página 12


