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jueves 5 febrero 2026

Habilitan a vecinos y pymes bonaerenses a generar energía renovable y vender los excedentes

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La Provincia de Buenos Aires aprobó una nueva normativa que permite la generación distribuida comunitaria. El esquema habilita a usuarios asociados a producir energía limpia para autoconsumo y a inyectar los excedentes a la red eléctrica.

La provincia de Buenos Aires dio un nuevo paso en materia energética al habilitar el Reglamento de Generación Distribuida Comunitaria, que crea el marco legal para que vecinos, comercios y pymes puedan producir energía eléctrica renovable y vender los excedentes generados a la red de distribución.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 17/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y establece las condiciones técnicas, jurídicas, económicas, contractuales y tarifarias de una iniciativa que comenzó a desarrollarse en 2023.

El nuevo régimen regula la asociación de varios usuarios, con puntos de suministro independientes —o de un mismo titular con al menos dos suministros— atendidos por una misma distribuidora provincial o municipal, que se vinculen para generar energía renovable mediante sistemas de más de 10 kW de potencia.

La energía producida podrá destinarse al autoconsumo, mientras que los excedentes podrán inyectarse a la red, generando un crédito económico que se reflejará en las facturas de los integrantes del proyecto, de acuerdo con el porcentaje de participación previamente definido.

Hasta ahora, la generación distribuida estaba pensada únicamente para usuarios individuales —como viviendas, comercios o pymes— que instalaban paneles solares para su propio consumo. Con esta normativa, se habilita por primera vez un encuadre legal específico para proyectos colectivos, ampliando el alcance del sistema.

Los principales puntos del reglamento

El esquema se enmarca en la Ley N° 11.769, que reconoce a los autogeneradores como agentes del sistema eléctrico, y en la Ley N° 15.325, que declara de interés provincial la generación distribuida a partir de fuentes renovables y adhiere a los beneficios promocionales previstos por la Ley Nacional N° 27.424.

Entre los aspectos centrales, se establece que los proyectos comunitarios podrán organizarse mediante acuerdos privados o a través de personas jurídicas, debiendo quedar claramente definida la participación de cada integrante, lo que determinará el reparto de los ingresos por la energía inyectada a la red.

Además, los usuarios-generadores —tanto individuales como comunitarios— deberán inscribirse en el Registro de Usuarios-Generadores de Energía Renovable de la Provincia de Buenos Aires (RUGER). Una vez cumplidos los requisitos, se emitirá el certificado correspondiente que permitirá acceder a los beneficios impositivos y fiscales.

El RUGER informará mensualmente a ARBA sobre las altas, bajas y modificaciones registradas, para la correcta aplicación de las exenciones impositivas otorgadas.

Fuente: Agencia DIB

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