La normativa otorga un plazo de un año para registrar armamento de uso civil y de guerra que haya sido obtenido de manera irregular. Quienes se presenten quedarán eximidos de sanciones penales por tenencia ilegal, reavivando el debate sobre la flexibilización del mercado de armas.
El gobierno nacional promulgó la Ley 27.805, abriendo las puertas a una controvertida legislación que exime de cualquier tipo de sanción penal a las personas que posean armas de fuego no declaradas o adquiridas de forma irregular. La medida otorga un plazo de 360 días para que los tenedores normalicen su situación ante los organismos oficiales, sin enfrentar multas ni persecución judicial por su compra o uso fuera de la ley.
La normativa abarca tanto a las armas calificadas de “uso civil” como a las de “uso civil condicional” (comúnmente denominadas armas de guerra) que carezcan de registro previo o cuya situación registral haya devenido en irregular. Según especifica el artículo 3 de la norma, durante el año de vigencia del programa, las personas humanas quedarán completamente exceptuadas de penas por la tenencia ilegítima de dicho armamento.
La medida entrará en vigencia formal a partir del próximo 18 de julio. A partir de esa fecha, los usuarios deberán presentarse ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC) para someter el armamento, municiones y accesorios a verificaciones técnicas. Los datos del armamento y del solicitante se asentarán en el Banco Nacional Informatizado de Datos, y el único supuesto de incautación contemplado por la ley será si el material presenta fallas técnicas graves que impidan su utilización segura.
⚠️ Los puntos grises y las críticas de la oposición
La promulgación de la ley generó inmediatos cuestionamientos desde diversos sectores de la oposición y especialistas en seguridad, quienes advierten sobre los riesgos de la iniciativa:
- Impacto en el código penal: Críticos de la norma señalan que la amnistía es tan amplia que podría generar zonas grises en la persecución del delito. Se debate si un delincuente detenido en flagrancia portando un arma de guerra podría ampararse en el beneficio de la ventana temporal de blanqueo para eludir el cargo de tenencia ilegal.
- Sin exigencia de ‘Legítimo Usuario’: El perdón judicial alcanza incluso a ciudadanos que no han aprobado las estrictas revisiones psicofísicas y de idoneidad necesarias para obtener la credencial de Legítimo Usuario.
- El rol de las armerías y el mercado negro: Especialistas advierten que la laxitud de la medida puede dar un margen de maniobra impredecible al circuito clandestino de comercialización durante los próximos 12 meses.
🏛️ En línea con la agenda de desregulación
Este blanqueo de armamento no es un hecho aislado, sino que profundiza el rumbo trazado por la administración de La Libertad Avanza en la materia.
Cabe recordar que, desde el inicio de la gestión, el Ejecutivo implementó diversas flexibilizaciones en el sector a través de resoluciones de la ANMAC (ex Renar): se habilitó a legítimos usuarios civiles a adquirir armas de guerra —cuya exclusividad pertenecía a las fuerzas armadas desde 1995—, se reguló la tenencia de armas semiautomáticas de tipo asalto derivadas de modelos militares, se redujo de 21 a 18 años la edad mínima para ser usuario y se implementó un sistema de autorización express para agilizar las entregas.
Fuente: Diario Página 12


