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miércoles 4 febrero 2026

El Gobierno reglamentó la Ley de Emergencia en Discapacidad y puso en marcha un nuevo régimen de pensiones

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El Decreto 84/2026 define criterios de acceso, permanencia y control de las pensiones no contributivas y centraliza la política de discapacidad en el Ministerio de Salud. La medida responde a un fallo judicial que ordenó la aplicación inmediata de la norma.

El Gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial. La medida fue formalizada mediante el Decreto 84/2026, firmado por el presidente Javier Milei, y entra en vigencia desde el 3 de febrero.

La reglamentación fija con precisión los requisitos para acceder a las pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios y los mecanismos administrativos y de control. En los considerandos, el Ejecutivo indicó que el esquema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral para personas con discapacidad.

Además, el decreto establece la conversión automática de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que obliga a la autoridad de aplicación a identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.

Centralización en el Ministerio de Salud

La norma incorpora a la Secretaría Nacional de Discapacidad dentro del organigrama del Ministerio de Salud, con el objetivo de centralizar la política pública en esa cartera bajo una concepción integral que abarca dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.

Consejo Federal y auditorías

El decreto instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los próximos 30 días. También la faculta a dictar normas aclaratorias y complementarias para la implementación del régimen.

Coordinación con provincias

Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con sus competencias y disponibilidad presupuestaria.

Fallo judicial como antecedente

La reglamentación responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana, que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793 tras declarar inválido un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.

Fuente: Agencia Noticias Argentinas

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